SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2002- R

Fecha: 28-Nov-2002

II.2

II.2     Que, el 9 de diciembre de 2000, se dictó sentencia declarando probada la demanda e improbada la reconvención, disponiéndose que los demandantes en el plazo de sesenta días hagan entrega del inmueble objeto de la litis (fs. 103-105), fallo que fue confirmado en apelación (fs. 137), el cual se ejecutorió al igual que la sentencia al declararse mediante Auto Supremo Nº 79 de 25 de febrero de 2002, infundado el recurso de casación interpuesto por la demandada (fs. 174-175).