SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1449/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1449/2002 - R

Fecha: 28-Nov-2002

a)

La jueza recurrida informó: a) que ha conocido el caso en suplencia del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, que emitido el requerimiento ha dictado el Auto Inicial de Instrucción conforme al art. 120 CPP.1972; b) que el representado se presentó incluso voluntariamente a prestar su instructiva policial, luego de 6 seis meses, se apersonó tanto al Juez Primero de Instrucción como a la Fiscalía del Distrito, solicitando se conmine a la Fiscal asignada para que emita su requerimiento en conclusiones, habiendo su autoridad también establecido, que él entregó a la viuda el vehículo y los documentos del mismo que estaban en poder de la víctima;  c) que el representado ha interpuesto otro hábeas corpus con el mismo fundamento; d) que ha actuado con la facultad que le otorgan los arts. 166 y 167 CPP.1972 y e) que Juan Carlos Vargas  Angles también prestó su declaración informativa en la investigación y está citado en el requerimiento.