SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1457/2002-R
Fecha: 28-Nov-2002
a)
El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) su defendida fue detenida hace más de seis días sin que a la fecha se haya comunicado al Juez Cautelar, violando de esta manera los plazos legales y la presunción de inocencia consagrada en el art. 16 CPE; b) se ha incumplido lo que dispone el art. 226 CPP, que establece que el Fiscal debe comunicar al Juez dentro de las 24 horas, lo que en el caso presente no ha ocurrido; c) para la detención de su defendida no existió orden o citación previa como lo prevé el citado art. 226 CPP, recibiéndole su declaración en forma irregular disponiendo su detención como si se tratara de un delito flagrante, sin que a la fecha exista imputación en su contra.