SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1457/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1457/2002-R

Fecha: 28-Nov-2002

II.2

II.2    La recurrente guardó detención desde el 17 de octubre del año en curso, en principio por la denuncia de lesiones graves y posteriormente  por la supuesta comisión del delito de lesión seguida de muerte sancionado por el art. 273 CP, ( fs. 11, 19-20). El Fiscal de Materia Walter Blanco Mérida fue asignado al caso sin comunicar al Juez Cautelar dentro de las 24 horas del inicio de la investigación manteniendo su detención ( fs. 12-13, 18 y 21). Cursa en obrados un requerimiento de 17 de octubre emitido por el Fiscal demandado  comunicando al Juez Instructor en lo Penal Cautelar del inicio de las investigaciones sin constar el cargo de recepción en el Juzgado de referencia (fs. 18).