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    AUTO CONSTITUCIONAL 587/2002-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 587/2002-CA

    Fecha: 18-Dic-2002

    carece manifiestamente de fundamento jurídico  que dé mérito a una resolución sobre el fondo,

    En consecuencia, el presente recurso carece manifiestamente de fundamento jurídico  que dé mérito a una resolución sobre el fondo, además de no cumplir  el requisito establecido por el art. 30 inc. 4)  LTC, referido a formular el petitorio con precisión y claridad, siendo aplicable el art. 82.III  LTC.

    • Gladis Alcalá Miranda, Florentino Gómez Ríos y Wenceslao Mamani Choquecallata, Alcaldesa del Municipio de Huanuni, Presidente  y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • carezca manifiestamente de fundamento jurídico
    • Fragmento 5
    • carece manifiestamente de fundamento jurídico  que dé mérito a una resolución sobre el fondo,
    • RECHAZA

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