AUTO CONSTITUCIONAL 587/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 587/2002-CA

Fecha: 18-Dic-2002

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumentan los recurrentes que la autoridad recurrida, arrogándose la representación camaral, sin que el pleno de la Cámara de Senadores se pronuncie sobre el “conflicto artificial”, emitió la nota CPP E 164/2002-2003 de 6 de noviembre de 2002, solicitando al Banco de Crédito la habilitación de la firma autorizada para el manejo de cuentas corrientes fiscales del Alcalde Municipal de Huanuni, Santos Ramírez Yucra, dejando de lado a la Cámara de Senadores y con evidente usurpación de funciones.