Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1504/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
II.3
II.3 Los demás vehículos se encuentran registrados en el Registro Único del Automotor (RUA) o tienen carnet de propiedad a nombre de otras personas distintas a los demás recurrentes. El vehículo 475GKL, conforme a la Certificación de la Alcaldía de Yacuiba, su propietario sería el recurrente Paulino Fernández Ortiz (fs. 2), sin embargo no ha presentado carnet de propiedad y respecto al vehículo placa 617 GKS, en antecedentes no cursa documentación alguna del mismo.