SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2002-R

Fecha: 09-Dic-2002

II.3

II.3           Efectuada la publicación de los edictos, a solicitud de la parte querellante y previo el informe del Secretario del Juzgado el juez de acuerdo con el requerimiento fiscal, por Auto de 22 de marzo de 2002, declara ejecutoriada la sentencia. El 28 de marzo del mismo año, plantea compulsa que es declarada ilegal por la Sala Penal  Tercera mediante el Auto de Vista de 8 de abril de 2002, por considerar que los errores procedimentales no se corrigen mediante la compulsa, debiendo la Defensora Oficial realizar su reclamo en la vía llamada por ley.