SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 1 de octubre de 2002 (fs. 5 y 6), el recurrente aduce que es socio de la Cooperativa Minera “Libres” Ltda. hace más de dos años, tiempo en el que cumplió siempre las obligaciones señaladas por la ley y sus normas internas; sin embargo, en marzo de este año, fue sindicado del delito de robo agravado y recluido por más de un mes en la cárcel, habiendo obtenido su libertad “en aplicación de las medidas cautelares”, pretendió retornar a su actividad laboral, pero los recurridos se opusieron tenazmente, no lo tomaron en cuenta “para la carnetización”, e impidieron que trabaje, arguyendo que es el autor del delito y que, por tanto ya no es socio.
Relata que rogó a los recurridos, reconsideren su negativa, y ante su persistencia, acudió a FERECOMIN Huanuni, donde le dieron la espalda, y cuando, a pedido suyo, comparecieron los demandados ante el Ministerio Público, Pastor Ajhuacho y José Quispe ratificaron su determinación, y manifestaron que el caso debía ser resuelto por la Asamblea General de Socios, cuando la decisión de no permitirle trabajar ha partido de los recurridos, además que su solicitud no se ha tratado en ninguna Asamblea “hasta la fecha”.