SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1524/2002 - R
Fecha: 16-Dic-2002
III.2
III.2 Que, dentro de ese marco jurisprudencial referido, queda totalmente desvirtuada la violación al derecho previsto en el art. 7-c) CPE, puesto que no existe ningún elemento que demuestre que los recurrentes hubiesen sido obligados a asociarse a Kennel Club Boliviano, menos existe una determinación de expulsión de los recurridos frente a los recurrentes por razones de raza, sexo, religión u otras causas o que se les hubiese negado injustificadamente solicitud de asociarse a la entidad.
De otro lado, se concluye que tampoco existió lesión alguna del derecho de reunión toda vez que los recurridos no impidieron de forma alguna su acceso a la Asamblea convocada conforme al Estatuto y Reglamentos de la entidad, al contrario los recurrentes luego de estar participando en la única Asamblea, que en principio existía para la elección, se retiraron voluntariamente de la misma y constituyeron otra, donde eligieron una directiva paralela de la cual forman parte, de manera que no existe restricción ni supresión al derecho de reunirse, en el sentido interpretativo correcto que debe darse a dicho derecho.
- Alfredo Pericón Balderrama, Hugo Orihuela Samos y Gery Ferrufino Fernández
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra
- (fs. 221-223)
- parcialmente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- La autoridad máxima del Club radica en la Asamblea General de Socios
- REVOCA en parte la