Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1524/2002 - R
Fecha: 16-Dic-2002
III.3
III.3 Que, con relación a las supuestas irregularidades que se hubieran dado en la elección como cuotas irrisorias, cambio intempestivo de sede para la Asamblea, habilitación indebida de socios y otros, son extremos que no pueden dilucidarse en el presente recurso, puesto que deben buscar los mecanismos de solución al interior de su misma institución.
- Alfredo Pericón Balderrama, Hugo Orihuela Samos y Gery Ferrufino Fernández
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra
- (fs. 221-223)
- parcialmente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- La autoridad máxima del Club radica en la Asamblea General de Socios
- REVOCA en parte la