SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1536/2002-R-
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1536/2002-R-

Fecha: 16-Dic-2002

a)

El  abogado del  recurrente ratifica los términos del recurso planteado y lo amplía manifestando: a)  su cliente ha asumido defensa dentro del proceso que le sigue, y no pudo concurrir a la audiencia fijada para el 23 de septiembre de 2002, sin embargo antes de que se realice presentó un memorial justificando su inasistencia con el certificado médico respectivo que si bien no estaba firmado por el Médico Forense por la gravedad del caso acreditaba su impedimento; b) los jueces al percatarse de que una persona  no puede asumir un proceso lo mínimo que deben hacer es pedir una junta médica para verificar si el certificado era verdadero  o apócrifo; c) la declaratoria de rebelde  y contumaz de su cliente es ilegal  como el mandamiento de aprehensión  porque hubo una vulneración concreta del derecho a la defensa.