Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
III.2.
III.2. Que, la determinación del acta de 13 de agosto de 2002, debió disponerse a través de una resolución municipal pronunciada de manera expresa, la que podría haber sido obligatoria a partir del momento de su publicación; en tal circunstancia y de manera formal, se pudo haber abierto la posibilidad a la parte interesada de impugnar tal determinación a través del recurso de reconsideración, todo en el marco de lo determinado por los arts. 20 y 22 LM.
- Arsenio Arratia Solano
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no existir en contra del recurrente sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil
- III.2.
- se hace cumplir una determinación que en principio no es obligatoria por no encontrarse contenida en ninguna Resolución Municipal pronunciada al efecto