SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
se hace cumplir una determinación que en principio no es obligatoria por no encontrarse contenida en ninguna Resolución Municipal pronunciada al efecto
Que, de la revisión de antecedentes se evidencia que si bien es cierto que el Concejo Municipal de Pocoata no pronunció Resolución Municipal alguna en la que se ratifique la decisión de la suspensión definitiva del recurrente, sin embargo no es menos cierto que la determinación del acta de 13 de agosto de 2002 se la hizo cumplir, como constata en el acta de audiencia del presente amparo, en el que la propia autoridad recurrida, manifestó que “el concejo decidió el no retorno” (textual); es decir que se hace cumplir una determinación que en principio no es obligatoria por no encontrarse contenida en ninguna Resolución Municipal pronunciada al efecto, otro motivo por el que amerita la protección solicitada en esta acción.
- Arsenio Arratia Solano
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no existir en contra del recurrente sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil
- III.2.
- se hace cumplir una determinación que en principio no es obligatoria por no encontrarse contenida en ninguna Resolución Municipal pronunciada al efecto