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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1593/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1593/2002 - R

    Fecha: 20-Dic-2002

    III.3

    III.3   Que, con relación a que hubiese sido remitida después del plazo de 48 horas, de este extremo tampoco se tiene certeza, pues el abogado de la misma recurrente en audiencia expresamente dice que fue remitida “en fecha 5”, de lo cual se infiere que las 48 horas citadas por las recurrente no son ciertas.

    • Irene Quispe Condori
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.2.1
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • En el caso presente no existiendo prueba que acredite los hechos denunciados en el memorial de demanda, no corresponde otorgar la tutela solicitada.
    • III.3
    • III.4
    • REVOCA

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