SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1606/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.1
II.1 La Administración Regional de Impuestos Internos de Santa Cruz mediante Resolución Determinativa 123/95/UT de 30 de noviembre, estableció las obligaciones impositivas de COTRABOL SRL, la que es sancionada con la multa del 100% señalada en el art. 101 CTb sobre el tributo omitido por la comisión del delito de defraudación fiscal, otorgándole al contribuyente -ahora recurrente- el plazo de quince días para el pago de la suma determinada el que al no hacerlo efectivo motiva se emita el Pliego de Cargo 315/96 y Auto Intimatorio de Pago de la suma determinada y actualizada, a realizarse a tercero día de la notificación que se efectúa el 25 de junio del mismo año, solicitando el recurrente en 8 de agosto de 1996, se realice una nueva liquidación (fs. 37-39 y 57-58).