9)
9) El 15 de noviembre de 2001 (fs. 136 a 139), la actora recurrió en queja al Tribunal Constitucional, el mismo que, verificando el incumplimiento de su Sentencia Nº 903/2000-R, dictó el Auto Nº 18/01-O de 13 de diciembre de 2001 (fs. 140 a 142) disponiendo que la Corte de Amparo haga cumplir la Sentencia Constitucional No. 903/00-R de 28 de septiembre de 2000, en los términos que contiene, en un plazo máximo de setenta y dos horas; abra plazo probatorio para que se acrediten los daños y perjuicios que la parte recurrente alega se le han ocasionado, y sancionó con la suma de Bs. 500.- a Elsa Sangüeza de Quintanilla, por el incumplimiento de la Sentencia Constitucional
