Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 160/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
4)
4) Por escrito de 9 de agosto de 2001 (fs. 180 a 182), la representada del recurrente reiteró su pedido a los recurridos para que se le devuelvan los dineros y las joyas que le fueron incautados, mereciendo el decreto de “Vista Fiscal”. Según lo afirmado por los recurridos, pidieron también un informe a la Dirección de Bienes Incautados, que fue absuelto en 20 de septiembre de 2001 (fs. 183 y 184), cuya impugnación, por parte de Crisney Gonzáles Caballero, fue remitida en Vista Fiscal (fs. 196 vta.), solicitando posteriormente una ampliación del señalado informe (fs. 197), la misma que fue remitida en 22 de noviembre (fs.198 y 199).