Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 289/2002-R
Fecha: 18-Mar-2002
Fragmento 6
2. Que, cumpliendo con el mandato otorgado mediante poder especial y bastante, por la Hermana Yolanda Irma Aramayo Gutiérrez, Superiora Provincial de la Congregación Religiosa Del Buen Pastor; Héctor José Tapia Cortez formuló querella y acusación particular por el delito de despojo en contra de los recurrentes y otras (fs. 23 - 28), la cual radicó ante el recurrido, quien procedió a admitirla convocando a una audiencia de conciliación, que fue suspendida por incumplimiento del art. 163 de la Ley Nº 1970 (fs. 29 - 31).