SENTENCIA CONSTITUCIONAL 289/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 289/2002-R

Fecha: 18-Mar-2002

improcedente

Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal de acuerdo con el requerimiento Fiscal declara improcedente el Recurso fundamentando: 1) que no existe procesamiento indebido, pues el recurrido simplemente ha proveído la radicatoria por la cual hace conocer la acusación y se señala audiencia conciliatoria conforme le faculta la Ley Nº 1970, en cuyo acto no se precisa la defensa técnica y 2) que los recurrentes están siendo investigados sin que exista orden de persecución ni de detención.