Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 306/2002-R
Fecha: 19-Mar-2002
(fs. 113 vta.)
2. Que, dentro del referido proceso mediante sentencia dictada el 30 de mayo de 2001 (fs. 113 vta.) confirmada por Auto de Vista 015/2001 de 19 de octubre de 2001, el recurrente fue declarado culpable del delito de “defraudación de tributos aduaneros tipificados por el Art. 178 con relación al Art. 168 de la Ley General de Aduanas con la agravante prevista por el Art. 180 inc. h) de la misma ley” condenándole a dos años de privación de libertad (fs. 123).