SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 207/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 207/2002-R

Fecha: 06-Mar-2002

IMPROCEDENTE

3.     Por Resolución 63/01 de 21 de diciembre de 2001, de fs. 241-242, se declara IMPROCEDENTE el Recurso, con una multa al recurrente de Bs300.-, por cuanto: a) en el caso presente se ha establecido una ruptura de la relación laboral que mantenía el actor con la UMSA y la reincorporación debió ser planteada tanto en la vía conciliatoria ante el Ministerio del Trabajo o ante el Juez de Trabajo, sin dejar transcurrir más de siete años, b) encontrándose  pendiente de resolución el Recurso de reconsideración, no se han agotado los medios de defensa y c) no ha existido conculcación de los derechos señalados en los arts. 6, 7-b) y h); 16 y 19 de la Constitución Política del Estado.