SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 207/2002-R
Fecha: 06-Mar-2002
Procedente
Finalmente considera que al haber sido exonerado sin previo proceso y negada su reincorporación, se ha violado los arts. 5-c) y d) del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, 23 inc. g) y 81 incs. a), b) y c) del Reglamento del regimen Académico Docente de la Universidad Boliviana, 6, 7-b) y h) y 16 de la Constitución Política del Estado. Por todo lo que pide sea declarado Procedente su Recurso y se deje sin efecto las Resoluciones Nos. 200/2001 y 221/01 pronunciadas por el Consejo Facultativo y Consejo Universitario que deroga su reincorporación, dejando subsistente la Resolución 526/98 del Consejo facultativo que lo reincorpora como docente titular de la UMSA, con costas y demás formalidades.