Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 210/2002-R
Fecha: 05-Mar-2002
procedente
Que concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró procedente el Amparo fundamentando: 1) Que el proceso seguido al recurrente no siguió el curso legal, dado que se vulneró el art. 32 de la Ley de Municipalidades al no darse cumplimiento a los arts. 35 y 36 de la misma Ley y 2) Que la Comisión de Ética no fue conformada cuando ordena el art. 12-3) de la Ley 2028, violándose con esa omisión el art. 14 de la Constitución.