SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 264/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 264/2002-R

Fecha: 13-Mar-2002

3.

3.    La Sentencia Nº 153/2001 de 15 de diciembre de 2001, cursante a fs. 97 vta. y 98, pronunciada por el Juez de Partido de Chulumani, provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, declara PROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1)  “analizado  el art. 54  del Estatuto de la Cooperativa de Energía Eléctrica Chulumani Ltda., aprobado por Resolución del Ministerio del Trabajo Nº 01076 de 4 de marzo de 1971, establece que los miembros del Consejo de Vigilancia pueden ser removidos por la Asamblea extraordinaria convocada para el efecto, lo que no se ha cumplido en el caso presente”; 2) “si bien las irregularidades están probadas y demostradas, ambas partes no han cumplido con lo estatuido en su propio Estatuto, o sea el recurrente no usó su derecho oportunamente y el recurrido, no aplicó el art. 54 de su Reglamento” (sic).