SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 271/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 271/2002-R

Fecha: 13-Mar-2002

3.

3.   La Sentencia de 21 de diciembre de 2001, cursante a fs. 137, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que “el Amparo Constitucional no puede proteger derechos de propiedad indeterminada, tiene que el derecho estar precisado con claridad en su proporción, en el caso presente no ocurre este hecho, las partes muy bien pueden acudir al procedimiento de división de bienes señalado en el art. 671 y siguientes del Código de Procedimiento Civil” (sic).