SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 271/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 271/2002-R

Fecha: 13-Mar-2002

6)

6)   La recurrente cursó la carta notariada de 13 de diciembre de 2001 (fs. 107), a los recurridos, indicando que en caso de no permitirle ejercitar su derecho propietario sobre el vino almacenado en la Bodega, interpondría un Recurso de Amparo, mereciendo la nota de la misma fecha (fs.106), por la que Atilio Altamirano Gómez y María Luisa de Altamirano,  expresan que la carta de contrario no  contiene petición alguna, y no comprenden las aseveraciones vertidas por cuanto  como representante de sus hijos copropietarios, ella tiene la llave de ingreso a la Bodega.