Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 301/2002-R
Fecha: 20-Mar-2002
no se ha demostrado con prueba alguna que la referida empresa haya “secuestrado” dicha maquinaria a Gualberto Andrade Zurita.
En el caso que se examina, si bien se puede advertir que entre el recurrente y “Menagro” S.R.L. existe una relación contractual por la compra de un tractor “Valmet” a cuotas (fs. 2), no se ha demostrado con prueba alguna que la referida empresa haya “secuestrado” dicha maquinaria a Gualberto Andrade Zurita.
En el caso que se examina, si bien se puede advertir que entre el recurrente y “Menagro” S.R.L. existe una relación contractual por la compra de un tractor “Valmet” a cuotas (fs. 2), no se ha demostrado con prueba alguna que la referida empresa haya “secuestrado” dicha maquinaria a Gualberto Andrade Zurita.