Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 307/2002-R
Fecha: 20-Mar-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8ª) y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 65-66 pronunciada el 17 de enero de 2002, por la Sala Social, Minera y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca.