Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 319/2002-R
Fecha: 22-Mar-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8ª) y 93 de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, REVOCA la Resolución de 31 de enero de 2002, cursante de fs. 36 vta. a 37 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y declara IMPROCEDENTE el Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por Adalberto Klinsky Feeney en representación sin mandato de María Sarah Mansilla de Gutiérrez.