SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 380/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 380/2002-R

Fecha: 09-Abr-2002

Considerando:

1.   Que, mediante memorial presentado el 04 de febrero de 2002, saliente a fs. 18-20, los recurrentes plantean la presente acción, expresando que en el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Civil se viene tramitando un inédito proceso “voluntario” de declaratoria de bienes vacantes, seguido por Adela Helguero Palomeque y otros, pretendiendo con dicho fraudulento procedimiento, despojar a más de cien familias de sus propiedades privadas.

Para que pueda operar una denuncia de bienes vacantes es necesario que se trate de un bien sucesorio “sin herederos” (sic) y demostrar que no existan personas que puedan reclamar dicha herencia. Sin embargo en el presente caso, se ha logrado sorprender a la autoridad judicial, por cuando nunca se ha llegado a demostrar que los más de cien inmuebles con papeles al día y construcciones, fueran bienes vacantes.

Todo el trámite se ha realizado a espaldas de los legítimos propietarios, quienes no han sido mencionados en la ilegal demanda y mucho menos notificados, realizándose el trámite en secreto y con sigilo, que cuenta con resoluciones ejecutoriadas, habiéndose dispuesto el remate de su bien inmueble, signado con el 470 sector “A” y ubicado en la zona de Alto Obrajes, cuyo derecho propietario se encuentra inscrito en Derechos Reales bajo la Partida 01155886 de 09 de abril de 1992.

3.   Se planteó también otras tercerías, habiendo sido unas declaradas probadas y otras improbadas, lo que motivó a las partes plantear Recurso de Apelación, que es resuelto por el Juez  Segundo de Partido en lo Civil, quién por Resolución 54/2002 de 29 de enero de 2002, ANULO obrados hasta fs. 18, debiendo el Juez a-quo declarar la contención de la causa, disponiendo su remisión al superior en grado (fs. 25).