Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 380/2002-R
Fecha: 09-Abr-2002
IMPROCENTE
3. La Resolución que sale de fs. 32, declara IMPROCENTE el Recurso, con el fundamento de que: a) es objetivo del presente Recurso, la nulidad del proceso de declaratoria de bienes vacantes, nulidad que ha sido dispuesta mediante Auto de Vista pronunciado por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y b) el Amparo no es sustitutivo de otros recursos, por los que se pueda corregir procedimientos violatorios demandados.