Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 387/2002-R
Fecha: 09-Abr-2002
3.
3. Concluida la audiencia pública el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con el fundamento de que el recurrente estuvo detenido por más de los plazos establecidos por ley sin que la autoridad recurrida haya usado de las medidas jurisdiccionales establecidas por el Código de Procedimiento Penal a fin de llevar adelante la fase investigativa del presunto delito que se le atribuye.