SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 389/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 389/2002-R

Fecha: 09-Abr-2002

Fragmento 4

      Considera que las publicaciones aludidas dañan su dignidad, libertad y el derecho al ejercicio de la profesión en actividades públicas o en el ejercicio libre del profesional abogado, emanadas de personas que tienen específicas atribuciones contempladas en la Constitución, la Ley del Consejo de la Judicatura y la Ley de Municipalidades. El Pacto de San José de Costa Rica -alega- consagra el derecho de rectificación o respuesta, previsto en su art. 14,  y en el caso debe ser respetado y aplicado.