Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 406/2002-R
Fecha: 09-Abr-2002
Fragmento 6
3. Que el recurrente Nicolás Peñaranda Quenta y otros interpusieron el proceso agrario de Garantía en el Ejercicio de su Derecho Propietario, en relación a los terrenos ubicados en el ex fundo “Otorongo”; proceso dentro del cual el Juez Agrario de Sucre dictó sentencia de primera instancia el 9 de enero de 2001, que declaró improbada la demanda y probada la demanda reconvencional garantizando a la comunidad Otorongo el pleno ejercicio del derecho de propiedad sobre los terrenos denominados “San Onofre de Otorongo”; fallo contra el que se interpuso recurso de casación que fue declarado infundado por Auto Nacional Agrario Nº S 2ª-013/2001 de 17 de abril de 2001(fs. 13-18).