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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 419/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 419/2002-R

    Fecha: 15-Abr-2002

    3.

    3.   Que, por memorial de 26 de enero de 2002, la recurrente denuncia ante el Intendente Municipal que las recurridas asaltaron las oficinas de A.PRO.C.C.A y su puesto de venta de abarrotes, ubicado en el Mercado de Abasto I, de manera violenta, llevándose consigo mercaderías, equipos, utensilios y otros (fs. 95).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • reiteran su informe por escrito
    • PROCEDENTE
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • la determinación del Tribunal de Amparo debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto ha sido violado o está amenazado un derecho fundamental
    • POR TANTO:

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