SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 422/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 422/2002-R

Fecha: 15-Abr-2002

Fragmento 8

Que, por otra parte  la empresa Fil Parts luego de ser notificada con el Pliego de Cargo Nº 1827/98 el 12 de julio de 2001, no impugnó el mismo ante la instancia correspondiente conforme a Ley; sin embargo, la Administración Tributaria recibió, consideró y rechazó los descargos presentados el 3 de diciembre de 2001, sin que en ese procedimiento se haya demostrado alguna violación de derecho fundamental alguno, pues no se puede pedir a una autoridad una respuesta siempre positiva, como exige la recurrente, dado que ésta depende de las circunstancias de cada caso, así ya se ha dejado sentando por la uniforme jurisprudencia constitucional en las Sentencias Nos. 1040/00-R y 380/01-R.