Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 430/2002-R
Fecha: 15-Abr-2002
5)
5) El Concejo Municipal de Villazón, por Resolución de Concejo Nº 01/2002 de 21 de enero de 2002 (fs. 56), resolvió denegar la solicitud de reincorporación de los recurrentes “por considerar un abandono de funciones y/o renuncia tácita” (sic) y dispuso cursar oficio a los representantes de los partidos políticos A.D.N. y .U.C.S. a “fin de que dichas tiendas políticas acrediten sus representantes ante ese cuerpo deliberante”.