Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 433/2002-R
Fecha: 15-Abr-2002
8)
8) A través del escrito de 21 de diciembre de 2001 (fs. 298 a 300), el Banco recurrente presentó denuncia contra la ahora recurrida ante la Delegada del Consejo de la Judicatura en La Paz, disponiéndose el 8 de enero de 2002 (fs. 301), se realice una investigación previa sobre los hechos denunciados.