Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 454/2002-R
Fecha: 23-Abr-2002
Fragmento 3
Asevera que por la vía conciliatoria Y.P.F.B. cursó varias cartas al Ejecutivo Municipal mencionado solicitando la entrega del vehículo, sin obtener ninguna respuesta, conculcándose así el derecho a la propiedad, establecido por los arts. 7, 22 y 137 de la Constitución, por lo que interpone Recurso de Amparo Constitucional, solicitando sea declarado procedente, se ordene la entrega del vehículo de propiedad de Y.P.F.B. en perfectas condiciones de funcionamiento, el pago de daños y perjuicios, y la remisión de antecedentes al Ministerio Público.