SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 544/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 544/2002-R

Fecha: 13-May-2002

1.

1.   En la demanda presentada el 12 de marzo de 2002 (fs. 143), el recurrente  manifiesta que en el juzgado a cargo del recurrido se tramita el proceso ejecutivo seguido por FINDESA S.A.M. contra Gloria Aguilera Cuellar, en el que se apersonó a nombre de su representada, que tiene la calidad de garante hipotecaria y nunca fue citada en todo el curso del proceso, por lo que  suscitó un incidente de nulidad de remate por diferentes vicios en la realización del mismo; sin embargo, dicho incidente fue “ilegal e indebidamente rechazado” por  resolución de 6 de julio de 2001,  contra la que planteó apelación  al amparo del art. 518 del Código de Procedimiento Civil, pero ese recurso también fue rechazado, “sin jurisdicción ni competencia” con el “falaz pretexto” de que no se habría insertado la papeleta de apelaciones según cuantía.