SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 556/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 556/2002-R

Fecha: 13-May-2002

la autoridad judicial recurrida, Olma Lilian Rojas Castro, no fue citada en momento alguno con la demanda ni con su admisión,

Sin embargo, además de que las notificaciones  indicadas carecen de las firmas del abogado del recurrente y de la auxiliar de la Fiscalía, respectivamente, a quienes se dice se habrían entregado las copias correspondientes, la autoridad judicial recurrida, Olma Lilian Rojas Castro, no fue citada en momento alguno con la demanda ni con su admisión,  por lo cual, la tramitación del Recurso  no ha sido efectuada de acuerdo a lo establecido por el art. 18-II de la Constitución  que establece que la autoridad judicial que conozca el Hábeas Corpus, señalará día y hora de audiencia pública, disponiendo que el actor sea conducido a su presencia; “con dicha orden se practicará citación personal o por cédula en la oficina de la autoridad demandada, orden que será obedecida  sin observación ni excusa, tanto por aquella, cuanto por los encargados de las cárceles o lugares de detención, sin que éstos, una vez citados, puedan desobedecer arguyendo orden superior”.