Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 566/2002-R
Fecha: 15-May-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836 con los fundamentos precedentes, APRUEBA la Resolución de fs. 41 de 26 de marzo de 2002, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.