Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 590/2002-R
Fecha: 23-May-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18-III, 120 7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8) y 93 de la Ley 1836, REVOCA la Resolución cursante a fs. 17-18, pronunciada el 25 de abril de 2002, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí y declara IMPROCEDENTE el Recurso, debiendo la Jueza Cautelar, disponer las medidas que fueren necesarias para regularizar procedimiento.