SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 610/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 610/2002-R

Fecha: 27-May-2002

2.

2. A fs. 46 y 47 del expediente, cursa el acta de la  audiencia pública realizada el 22 de marzo de 2002, en la que los recurrentes, a través de su abogada, ratificaron los términos de su demanda, agregando que: a) la Directiva Sindical de ENFE residual, que se rige por la Ley General del Trabajo y normas conexas, al producirse varias acefalías, se reunió el 16 de agosto de 2001 y eligieron a los recurrentes como Secretario de Relaciones y Vocal, respectivamente; b) en goce del fuero sindical fueron ilegalmente despedidos sin previo proceso de desafuero y sin que exista ninguna justa causa de las señaladas por el art. 16 de la Ley General del Trabajo.

2)   El 17 de agosto (fs. 23 y 24), se comunicó esa determinación al Ministerio de Trabajo, pidiendo se extienda la Resolución en la que se incluya a los nuevos miembros del Directorio. La misma fecha se  remitió la lista de los integrantes de la Directiva Sindical al Comité Ejecutivo de la Confederación de Ferroviarios y Ramas Anexas (fs. 25), y al día siguiente, al Presidente Ejecutivo de ENFE ( fs. 26).