Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 637/2002-R
Fecha: 03-Jun-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836 con los fundamentos precedentes, REVOCA la Resolución de fs. 117 a 118 de 25 de abril de 2002, pronunciada por el Juez de Sentencia Primero de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija y declara IMPROCEDENTE el Recurso planteado.