SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 710/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 710/2002-R

Fecha: 17-Jun-2002

2.

2.   De fs. 790 a 796 del expediente, cursa el acta de la  audiencia pública realizada el 10 de abril de 2002, en la que el recurrente, por medio de sus abogados, ratificó y reiteró los términos de su demanda, agregando que: a) la demanda de Amparo está dirigida específicamente contra la Resolución de  15 de  febrero de 2002 emitida por el Juez Juan Gonzáles Noya, y contra la Resolución de 22 de marzo de este año, que son atentatorias contra la garantía del debido proceso; b) se ha solicitado, remitido y admitido diligencias complementarias cuando el término de la Instrucción ya fue cerrado hace varios meses, encontrándose el proceso en el plenario; c) la complementación debió ser entregada en la etapa de la Instrucción y no después de nueve meses de haberse clausurado la misma; d) la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal actuó sin jurisdicción ni competencia al dictar el Auto de 22 de marzo de este año.