SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/2002-R

Fecha: 21-Jun-2002

1.

1.  En su demanda presentada el 23 de mayo de 2002 (fs. 4 a 5), el recurrente aduce que se enteró por casualidad que su hermano Adrián Gonzalo Cerruto Velarde inició proceso penal contra su esposa, Mónica Silvia Infantes de Cerruto, por el supuesto delito de estelionato, por lo que su referida cónyuge se apersonó ante el Juzgado a cargo del recurrido a objeto de asumir defensa, habiéndose fijado audiencia para la imposición de medidas cautelares, “actuación  ésta precedida del señalamiento de la audiencia para el verificativo de la respectiva confesoria”.

     Relata que el día y hora en que su esposa debía prestar su confesión, se apersonó al despacho judicial, pero su abogado no pudo presentarse por razones de fuerza mayor, por lo que el Juez, vulnerando el principio de presunción de inocencia, dispuso su detención inmediata, sin oír su declaración y prejuzgándola, en virtud de lo que interpone Recurso de Hábeas Corpus, solicitando sea declarado procedente y se disponga  la libertad de Mónica Silvia Infantes de Cerruto, con las formalidades de Ley.

1)   Dentro del proceso penal que, por la presunta comisión del delito de estelionato,  Adrián Cerruto Velarde sigue contra  Mónica Infantes Vargas de Cerruto, en 30 de octubre de 2001 (fs. 19 y 20) se dictó Auto Final de Procesamiento, disponiendo se expida mandamiento de detención formal contra la imputada, el mismo que fue librado el  15  de febrero de 2002 (fs. 21) por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal (Liquidador).