SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/2002-R

Fecha: 21-Jun-2002

a)

El Juez recurrido, a su turno, informó lo siguiente: a) las disposiciones transitorias de la Ley Nº 1970 determinan que las causas iniciadas antes de su vigencia, se continúen tramitando con el anterior procedimiento y es lo que ha hecho en el proceso penal seguido por Adrián Gonzalo Cerruto Velarde contra Mónica Infantes de Cerruto, en el que se dictó Auto Final de Procesamiento, expidiéndose el mandamiento de detención formal contra la imputada; b) dicho mandamiento fue representado por la autoridad comisionada; c)  señalada la audiencia de declaración confesoria,  se hizo presente  la procesada sin su abogado defensor por lo que fue suspendido el acto, en el que, posteriormente, el  abogado de la parte civil solicitó se cumpla la orden de detención formal emitida por el juez del sumario penal, razón por la que se detuvo a la esposa del recurrente; d) a solicitud de la procesada, se señaló audiencia de consideración de medidas cautelares  para “el día de ayer”, pero no pudo ingresarse al análisis  de las mismas, pues se defirió al pedido de la parte civil respecto de que la procesada debe purgar costas de contumacia, conforme lo prevé el art. 355 del Código de Procedimiento Civil, fijándose nueva audiencia para el 29 de mayo.