SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 723/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 723/2002-R

Fecha: 21-Jun-2002

a)

El vocal co-recurrido, Renán Jiménez  Sempértegui,  informó lo siguiente: a)  el 17 de abril del presente año, en un operativo llevado a cabo por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (F.E.L.C.N.), se detuvo a Marco Antonio Fernández y otras personas, que se hacían pasar por funcionarios de la entidad mencionada para realizar “volteos a narcotraficantes”, además de dedicarse al tráfico de drogas; b) cuando eran perseguidos por la Policía, los sindicados efectuaron disparos con armas de fuego, pero,  pese a su peligrosidad, el Juez Cautelar, por Auto de 18 de abril concedió al recurrente medidas sustitutivas a la detención preventiva, determinación que, apelada, fue revocada por la Sala  Penal Primera por Auto de 25 de abril, ordenando la detención de los imputados; c) en la audiencia de reconsideración de 7 de mayo, el Juez Cautelar de Sacaba, sin que haya variado la situación jurídica de los encausados, concedió medidas sustitutivas a Marco Antonio Fernández; d) la apelación deducida por el Ministerio Público, fue resuelta por la Sala Penal Tercera que, en audiencia de 14 de mayo, revocó la decisión referida y dispuso la detención preventiva del recurrente porque concurren las exigencias de los arts. 233, 234 y 235 del nuevo Código de Procedimiento Penal, ya que de los “antecedentes del proceso” se evidencia que existen elementos que  lo señalan como posible autor y partícipe de delitos tales como asociación delictuosa y tráfico de sustancias controladas, además de tener un “frondoso prontuario”, pues ha sido detenido en veintidós oportunidades, tres de ellas por delitos vinculados a actividades de narcotráfico,  todo lo cual llevó a la convicción de los vocales que no se sometería al proceso y obstaculizaría la investigación, por lo que se determinó su detención. Pidió se declare la improcedencia del Recurso.